De acuerdo al artículo 73 de la ley 55/2003, las faltas que cometa el personal estatutario serán corregidas con algunas de las siguientes sanciones:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Separación del servicio, traslado forzoso con cambio de localidad, suspensión de funciones, traslado forzoso a otra institución o centro sin cambio de localidad, apercibimiento y reducción proporcional de retribuciones
Separación del servicio, traslado forzoso con cambio de localidad, suspensión de funciones, traslado forzoso a otra institución o centro sin cambio de localidad y apercibimiento
Separación del servicio, traslado forzoso con cambio de localidad, suspensión de funciones, apercibimiento y reducción proporcional de retribuciones
Separación del servicio, traslado forzoso con cambio de localidad, suspensión de funciones, traslado forzoso a otra institución o centro sin cambio de localidad y reducción proporcional de retribuciones
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