De conformidad con el artículo 123 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
a. No podrán ser recurridos
b. Podrán ser objeto de recurso contencioso administrativo, aunque no haya sido resuelto expresamente el recurso de revisión interpuesto
c. Podrán ser recurridos en alzada
d. Podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado
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