Según el artículo 22 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podrá suspenderse el plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta administración, por el tiempo que medie entre la petición y la recepción del informe. este plazo de suspensión: