Según el art. 17 sobre conservación de la documentación clínica de la ley 41/2002:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Los centros sanitarios tienen obligación de conservar la documentación clínica en el soporte original
Los centros sanitarios tienen obligación de conservar la documentación clínica, como mínimo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial
Los centros sanitarios tienen obligación de conservar la documentación clínica, como mínimo, cuatro años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial
Los centros sanitarios tienen obligación de conservar la documentación clínica, aunque no necesariamente en el soporte original
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