Según lo dispuesto en el articulo 14 de la Orden de 05.07.1971, del Ministerio de Trabajo, en relación con la labor de vigilancia atribuida a los celadores:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Vigilarán la entrada, salida y conservación de los articulos alimentarios.
Vigilarán que las puertas de los servicios complementarios queden cerradas.
Vigilarán periódicamente los tejados y bajadas de aguas pluviales.
Vigilarán el estado y limpieza de esterilizadores y hornos crematorios si los hubiera.
Hacer un examen de Celadores Sanitarios Sanidad
Entrar