El domicilio, como sabemos, es inviolable. No obstante, se podrá entrar y registrar el de cualquier particular en todos los casos siguientes, menos en uno:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Por resolución policial.
Con consentimiento del titular.
En caso de flagrante delito.
Por resolución judicial.
Hacer un examen de Constitución general Constitución Española
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