En cuanto a la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
La actuación en todo lo que concierne a esta materia corresponde con exclusividad al Estado.
Puede ser asumida por las Comunidades Autónomas, aunque la autorización para celebrarlas es competencia exclusiva estatal.
Puede ser asumida par las Comunidades Autonomías de acuerdo con lo que disponga en una Ley de Bases.
Puede ser realizada por las Comunidades Autónomas sin necesidad de autorización estatal.
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